Para fomentar el sentido de pertenencia e identidad, comunidades indígenas pueden ejecutar el Himno Nacional traducido a su lengua: SEGOB

Ciudad de México, 20 de abril de 2025.-

Los pueblos y las comunidades, a través de sus representantes legales, pueden efectuar el trámite para la autorización y registro de su traducción.

Por: Redacción

Las comunidades indígenas en México, tienen la posibilidad de ejecutar el Himno Nacional traducido a su lengua, a fin de fomentar el sentido de pertenencia e identidad.

Los pueblos y las comunidades, a través de sus representantes legales, pueden efectuar el trámite para la autorización y registro de su traducción.

El Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) es la autoridad facultada para realizar y analizar las traducciones del Himno Nacional, las cuales deberán contar con la autorización de la Secretaría de Gobernación (Segob) y de la Secretaría de Cultura.

Además, la Secretaría de Gobernación lleva el registro de las traducciones autorizadas.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar autorización y traducir el Himno Nacional a una lengua indígena?

Realizar trámite ante la Segob, especificando la lengua indígena en la cual se pretende interpretar el Himno.

Adjuntar una muestra de la traducción, que la Dirección de Fomento Cívico de la Segob remitirá al Inali, donde será analizada su pertinencia.

Solicitar también autorización ante la Secretaría de Cultura.

Con base en el análisis del Inali, las secretarías de Gobernación y Cultura emitirán el fallo que consideren procedente y lo darán a conocer al interesado.

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